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Recurso de casación acogido.

Los trabajos en beneficio de la comunidad no podrán imponerse sin el consentimiento del penado, el que puede manifestarlo en cualquier momento anterior a la ejecución de la pena, resuelve Tribunal Supremo de España.

El consentimiento del penado es admisible tanto el manifestado directamente por el condenado, como el que se transmite al órgano judicial a través de su representación procesal.

Por Francisca Barrios Benavente·20 de octubre de 2023·1 min de lectura
Los trabajos en beneficio de la comunidad no podrán imponerse sin el consentimiento del penado, el que puede manifestarlo en cualquier momento anterior a la ejecución de la pena, resuelve Tribunal Supremo de España.
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El consentimiento del penado es admisible tanto el manifestado directamente por el condenado, como el que se transmite al órgano judicial a través de su representación procesal . . .

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