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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos declara inadmisible denuncia contra Bulgaria presentada por la Iglesia Cristiana Ortodoxa.
El TEDH desestima por unanimidad la denuncia de la Iglesia Cristiana Ortodoxa y otros, que alegaban una violación de la libertad religiosa y de asociación tras la negativa de los tribunales búlgaros a registrar la iglesia fundada por Hristo Petrov Sabev.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha declarado inadmisible la denuncia interpuesta por la «Iglesia Cristiana Ortodoxa y otros contra Bulgaria». La decisión, tomada por unanimidad, es definitiva y fue anunciada por el Ministerio de Justicia de Bulgaria.
El caso ante el TEDH surgió a raíz de la negativa de los tribunales búlgaros a registrar la iglesia fundada por Hristo Petrov Sabev. Los demandantes alegaban que esta negativa constituía una violación de los artículos 9 (libertad de pensamiento, conciencia y religión) y 11 (libertad de reunión y asociación) del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales. En particular, se argumentaba que los tribunales búlgaros estaban infringiendo los derechos fundamentales de los fundadores de la iglesia al impedirles su derecho a reunirse y asociarse para practicar su religión.
Sin embargo, los tribunales búlgaros sostuvieron que el nombre de la iglesia, «Iglesia Cristiana Ortodoxa», resultaba demasiado similar al de la Iglesia Ortodoxa Búlgara. Esta similitud, según los tribunales, podría generar confusión entre los creyentes, ya que los fundadores de la nueva iglesia comparten las mismas creencias y prácticas religiosas que la Iglesia Ortodoxa Búlgara.
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