Actualidad Internacional
Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Dinamarca puede revocar la nacionalidad por falta de vínculo efectivo con el país, aunque si ello implica la pérdida de la ciudadanía de la Unión Europea se debe hacer observancia del principio de proporcionalidad.
Si bien la determinación de los modos de adquisición y pérdida de la nacionalidad es, de conformidad con el Derecho internacional, competencia de cada Estado miembro, el hecho de que una materia sea competencia de los Estados miembros no obsta para que, en situaciones comprendidas en el ámbito del Derecho de la Unión, las normas nacionales de que se trate deban respetar este último Derecho.

Si bien la determinación de los modos de adquisición y pérdida de la nacionalidad es, de conformidad con el Derecho internacional, competencia de cada Estado miembro, el hecho de que una materia sea competencia de los Estados miembros no obsta para que, en situaciones comprendidas en el ámbito del Derecho de la Unión, las normas nacionales de que se trate deban respetar este último Derecho . . .
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