Actualidad Internacional
Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Criterios para otorgar pensión de viudez no deben basarse en estereotipos de género pues ello constituye discriminación.
Las referencias a tradiciones, supuestos generales o actitudes sociales prevalecientes en un país en particular no justifican una diferencia de trato por razón de sexo, ya sea a favor de la mujer o del hombre. Esto significa que el Estado no puede basarse en la presunción de que el marido apoya económicamente a la mujer para justificar una diferencia de trato que pone a los viudos en desventaja con respecto a las viudas.

Las referencias a tradiciones, supuestos generales o actitudes sociales prevalecientes en un país en particular no justifican una diferencia de trato por razón de sexo, ya sea a favor de la mujer o del hombre. Esto significa que el Estado no puede basarse en la presunción de que el marido apoya económicamente a la mujer para justificar una diferencia de trato que pone a los viudos en desventaja con respecto a las viudas . . .
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