Actualidad Internacional
Convenio 169 de la OIT.
Corte Constitucional de Colombia ampara derecho a la consulta previa de comunidad indígena afectada por la construcción de una planta de tratamiento de aguas residuales.
La autoridad certificó a la empresa ejecutora que no estaba obligada a surtir dicho trámite y señaló que la intervención de los municipios en esta clase de proyectos solamente se da en la etapa de ejecución mas no en su formulación y/o aprobación. Estas respuestas, lejos de constituir argumentos constitucionalmente admisibles para negar la procedencia de la consulta, son los motivos de su vulneración.

La autoridad certificó a la empresa ejecutora que no estaba obligada a surtir dicho trámite y señaló que la intervención de los municipios en esta clase de proyectos solamente se da en la etapa de ejecución mas no en su formulación y/o aprobación. Estas respuestas, lejos de constituir argumentos constitucionalmente admisibles para negar la procedencia de la consulta, son los motivos de su vulneración . . .
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