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Actualidad Internacional

Delito de omisión.

Condena a dueño de pub por no haber impedido que cliente abusara sexualmente de una mujer que se encontraba semiinconsciente, se confirma por el Tribunal Supremo de España.

El derecho a la no autoincriminación garantiza el respeto a las decisiones de una persona investigada o acusada de mantenerse en silencio, pero no se extiende a la utilización del material probatorio obtenido de su cuerpo o bajo conminación pública cuando exista independientemente de la voluntad del imputado.

Por Francisca Barrios Benavente·09 de febrero de 2024·1 min de lectura
Condena a dueño de pub por no haber impedido que cliente abusara sexualmente de una mujer que se encontraba semiinconsciente, se confirma por el Tribunal Supremo de España.
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El derecho a la no autoincriminación garantiza el respeto a las decisiones de una persona investigada o acusada de mantenerse en silencio, pero no se extiende a la utilización del material probatorio obtenido de su cuerpo o bajo conminación pública cuando exista independientemente de la voluntad del imputado . . .

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