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Actualidad Internacional

Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Actos de la Fiscalía Europea que afectan los derechos de acusados y terceros deben estar sujetos a control judicial, resuelve el TJUE.

Corresponde al juez nacional competente determinar, tras un examen concreto y específico, si la citación de testigos puede afectar a la situación jurídica de las personas investigadas. Si este es el caso, debe estar sometida al control del juez. Ahora bien, ello no significa necesariamente que este control deba realizarse mediante un recurso directo y específico. También puede hacerse con carácter incidental.

Por LUIS EDWARDS TAPIA·12 de abril de 2025·3 min de lectura
imagen: spain.representation
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó, en el marco de una cuestión prejudicial, que los actos procesales de la Fiscalía Europea que puedan afectar los derechos de las personas que los impugnan deben estar sujetos a control jurisdiccional. Consideró que corresponderá al juez nacional determinar estos casos a través de consideraciones específicas. Este control solo deberá revestir la forma de un recurso directo cuando este tipo de recurso esté previsto en el Derecho interno para impugnar directamente una resolución análoga de las autoridades nacionales.

La Fiscalía Europea, órgano independiente de la Unión Europea con sede central en Luxemburgo, está facultada para investigar y denunciar delitos que afecten a los intereses financieros de la Unión. Su estructura se compone de un nivel central y un nivel descentralizado, formado por fiscales europeos delegados en los Estados miembros. En el marco de una investigación por fraude de subvenciones en España, se citó como testigos a dos personas.

Los investigados impugnaron la citación de uno de los testigos. Por este motivo, el juez español competente en el control jurisdiccional de los actos de investigación planteó una cuestión prejudicial al TJUE, dado que la normativa nacional no consideraba expresamente el control judicial de dicha medida. No obstante, el juez estimó que la citación de testigos podía tener efectos jurídicos sobre terceros, lo que justificaría su sometimiento a control conforme al Derecho de la Unión.

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