Acogidos
En votación dividida.
Norma que fija competencia de los tribunales militares en tiempo de paz, se declara inaplicable por el Tribunal Constitucional.
El legislador no tiene una libertad total para calificar como delito sujeto a la jurisdicción militar cualquier hecho delictivo y, de esta forma, sustituir el régimen procesal general por uno especialísimo.

El legislador no tiene una libertad total para calificar como delito sujeto a la jurisdicción militar cualquier hecho delictivo y, de esta forma, sustituir el régimen procesal general por uno especialísimo . . .
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