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Acogidos

En votación dividida.

Norma que fija competencia de los tribunales militares en tiempo de paz, se declara inaplicable por el Tribunal Constitucional.

El legislador no tiene una libertad total para calificar como delito sujeto a la jurisdicción militar cualquier hecho delictivo y, de esta forma, sustituir el régimen procesal general por uno especialísimo.

Por Carlos Uauy·14 de septiembre de 2021·1 min de lectura
Imagen: El Dínamo
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El legislador no tiene una libertad total para calificar como delito sujeto a la jurisdicción militar cualquier hecho delictivo y, de esta forma, sustituir el régimen procesal general por uno especialísimo . . .

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