Acción de Protección
Acción de protección rechazada
Recurso de protección no es vía idónea para impugnar informe de acoso laboral de la Inspección del Trabajo
La Corte Suprema confirmó el fallo de la Corte de Chillán, al concluir que el informe de la Inspección del Trabajo en un caso de acoso laboral es una materia que se discute en un juicio laboral donde la empresa tiene las garantías para defenderse

La Corte Suprema confirmó el rechazo de un recurso de protección presentado por una empresa contra la actuación de la Inspección del Trabajo en un caso de acoso laboral, al considerar que la controversia debe resolverse en el procedimiento laboral correspondiente.
La empresa cuestionó que la autoridad administrativa entregara el informe de investigación y sus conclusiones solo a la denunciante, sin informarle a ella, lo que —a su juicio— vulneraba el principio de igualdad ante la ley. Además, sostuvo que dichos documentos no debían existir, ya que la Inspección se había declarado previamente incompetente para continuar con la investigación tras el término de la relación laboral.
Por su parte, la Inspección del Trabajo explicó que actuó conforme a la normativa vigente, señalando que la investigación se inició por una denuncia de acoso laboral y que, aunque posteriormente se declaró incompetente por el fin del vínculo laboral, debía igualmente cerrar el proceso en el sistema. Indicó además que la entrega del informe solo a la denunciante responde a normas de reserva y protección, y que la empresa podía acceder a dichos antecedentes mediante la Ley de Transparencia.
La Corte de Apelaciones rechazó el recurso, señalando que no toda diferencia de trato implica una vulneración de derechos, especialmente en materias como el acoso laboral, donde se justifica otorgar mayores garantías a la presunta víctima debido a las asimetrías existentes. Asimismo, indicó que la reserva de la información busca proteger la intimidad de las partes.
Al revisar el caso, la Corte Suprema sostuvo que el asunto ya está siendo discutido en un juicio laboral en curso, donde los documentos cuestionados han sido ofrecidos como prueba. En ese contexto, indicó que las partes cuentan con las herramientas necesarias para impugnar su validez o pertinencia dentro de ese proceso.
El máximo tribunal concluyó que el recurso de protección, al ser una acción de carácter urgente, no es la vía adecuada para resolver este tipo de controversias, especialmente cuando existe un procedimiento judicial específico en tramitación.
Vea sentencias Corte Suprema Rol N°3720-2026 y Corte de Chillán Rol N°892-2025.
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