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Acción de Protección

Recurso de protección rechazado.

Que un medicamento no esté cubierto por el convenio oncológico, no vulnera garantías constitucionales, ya que no resulta esencial para mantener con vida a la paciente, resuelve la Corte de Santiago.

El recurso de protección no es una acción cautelar de emergencia, en el entendido, que la recurrente ya está recibiendo un tratamiento considerado como el adecuado.

Por Francisca Barrios Benavente·14 de septiembre de 2022·1 min de lectura
Que un medicamento no esté cubierto por el convenio oncológico, no vulnera garantías constitucionales, ya que no resulta esencial para mantener con vida a la paciente, resuelve la Corte de Santiago.
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El recurso de protección no es una acción cautelar de emergencia, en el entendido, que la recurrente ya está recibiendo un tratamiento considerado como el adecuado . . .

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