Acción de Protección
Medicamentos de alto costo
Corte Suprema rechaza cobertura de medicamento para menor fuera de riesgo vital
El máximo Tribunal revocó la decisión que obligaba al sistema público de salud a otorgar cobertura al fármaco Risdiplam, tras concluir que la menor no se encuentra en riesgo vital, el medicamento no está aprobado por el Ministerio de Salud y su financiamiento comprometería decisiones propias de políticas públicas

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Rancagua, que acogió el recurso de protección interpuesto en contra del Hospital Dr. Franco Ravera Zunino, el Servicio de Salud O’Higgins y FONASA, por la negativa a otorgar cobertura al medicamento Risdiplam para el tratamiento de una menor diagnosticada con atrofia muscular espinal tipo 2.
La recurrente, en representación de la menor, denunció que la negativa de las instituciones recurridas a proporcionar el medicamento vulnera el derecho a la vida e integridad física y psíquica de la paciente. Solicitó que se ordene a las recurridas realizar las gestiones para adquirir y suministrar el fármaco prescrito por el médico tratante.
Las instituciones recurridas solicitaron el rechazo del recurso, argumentando que el medicamento no se encuentra incluido en el arsenal terapéutico del sistema público de salud, no está validado por el Ministerio de Salud, no se acreditó que la paciente estuviera en riesgo vital, y existen dudas respecto de su eficacia en el caso específico.
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