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Acción de Protección

Recurso de protección rechazado.

Baja inmediata de funcionario de Carabineros por denuncia de violencia intrafamiliar se ajusta a derecho.

El artículo 127 N°4 del Reglamento de Selección y Ascensos del Personal de Carabineros dispone que la autoridad tiene la facultad de dar de baja inmediata a un funcionario cuando la falta que origine un sumario administrativo sea de tal gravedad que haga inconveniente su permanencia en la institución, siempre que se confiese su responsabilidad o esta sea evidente. Se establece que dicha medida tiene carácter condicional, quedando sujeta al resultado del sumario administrativo, lo que podría permitir el reintegro del afectado.

Por Francisca Atenas·14 de noviembre de 2024·1 min de lectura
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El artículo 127 N°4 del Reglamento de Selección y Ascensos del Personal de Carabineros dispone que la autoridad tiene la facultad de dar de baja inmediata a un funcionario cuando la falta que origine un sumario administrativo sea de tal gravedad que haga inconveniente su permanencia en la institución, siempre que se confiese su responsabilidad o esta sea evidente. Se establece que dicha medida tiene carácter condicional, quedando sujeta al resultado del sumario administrativo, lo que podría permitir el reintegro del afectado . . .

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