Acción de Protección
Fallo confirmado por la Corte Suprema.
Baja inmediata de carabinera que dio positivo a test de drogas se ajusta a derecho, y la justificación por tratamiento médico debe ser ponderada en el proceso penal.
No se observa una infracción al debido proceso, teniendo además presente que el acto administrativo tiene el carácter de condicional y se encuentra sujeto al resultado final del Sumario Administrativo, que retomará su tramitación luego del procedimiento seguido ante la Fiscalía militar respectiva.

La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el recurso de protección interpuesto en contra del Prefecto de la Prefectura de Carabineros Santiago Sur, por la baja inmediata por mala conducta de la actora.
La recurrente expuso que padece de discopatías múltiples y está en tratamiento con un medicamento que contiene extractos de cannabis, lo que generó la presencia de cannabinoides en un examen de droga. Alegó que no informó completamente sobre sus medicamentos debido a no recordar todos los nombres y que, tras consultar con su médico, suspendió el medicamento y presentó un informe a la institución, el cual no fue considerado. Sostuvo que la resolución es ilegal, pues se basa en un error y carece de fundamentación adecuada. Solicitó que se deje sin efecto la resolución y se le reintegre en sus funciones mientras se resuelve el sumario.
El recurrido instó por el rechazo de la acción, señalando que se realizó un examen de detección de drogas a la recurrente, que arrojó un resultado positivo a cannabinoides. Se notificó a la recurrente de los resultados y aceptó la posibilidad de que su contramuestra fuera analizada por un laboratorio externo, que confirmó el resultado. En base a estos antecedentes, se dispuso la baja de la actora por mala conducta, conforme a los procedimientos disciplinarios establecidos en los reglamentos internos de Carabineros. Explicó que la normativa permite la baja inmediata en casos de conducta grave y que, aunque se trate de una medida provisional, quedará sujeta al resultado del sumario administrativo. Además, sostuvo que la justificación del consumo por tratamiento médico debe ser considerada en la investigación penal, la cual fue derivada a la Fiscalía Militar. Finalmente, indicó que el sumario fue suspendido en virtud de la Ley Orgánica Constitucional de Carabineros debido a la denuncia penal presentada.
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