Acción de Protección
Derecho de propiedad.
Acción de protección contra aseguradora por negar el pago de un seguro fundado en que el asegurado padecía una patología diagnosticada con anterioridad a la contratación de la póliza y conocida por él, se acoge a trámite.
El hecho de no haberse efectuado el pago de la póliza de seguro contratada, correspondiente al pago insoluto del crédito de consumo, ha significado que como heredero y por el solo hecho de fallecer su padre, dichos derechos ingresen a su patrimonio.

El hecho de no haberse efectuado el pago de la póliza de seguro contratada, correspondiente al pago insoluto del crédito de consumo, ha significado que como heredero y por el solo hecho de fallecer su padre, dichos derechos ingresen a su patrimonio . . .
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