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Requisitos son constitucionales

Justicia italiana rechaza modificar requisitos legales para acceder a la muerte asistida

La Corte Constitucional de Italia declaró infundadas las cuestiones de constitucionalidad promovidas sobre la normativa que regula la ayuda al suicidio. La sentencia mantuvo las exigencias legales previas respecto a las condiciones que deben cumplir los enfermos terminales para acceder a este…

Por Redacción·17 de agosto de 2026·2 min de lectura
Justicia italiana rechaza modificar requisitos legales para acceder a la muerte asistida
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La Corte Constitucional de Italia declaró infundadas las cuestiones de constitucionalidad promovidas sobre la normativa que regula la ayuda al suicidio. La sentencia mantuvo las exigencias legales previas respecto a las condiciones que deben cumplir los enfermos terminales para acceder a este procedimiento de manera legal.

El caso se originó durante la tramitación de una solicitud de sobreseimiento conocida por un juez. La causa penal involucraba a tres personas acusadas de colaborar en el suicidio de una mujer afectada por una enfermedad neurodegenerativa en fase avanzada, a quien trasladaron a un establecimiento en Suiza para concretar el procedimiento.

El magistrado estimó que no correspondía dar curso al archivo de la causa debido a que la afectada no se encontraba sujeta a terapias de soporte vital. Dicha condición constituye un requisito obligatorio fijado previamente por el propio tribunal constitucional para eximir de sanción penal el auxilio a la muerte voluntaria, por lo que el juzgador solicitó suprimir dicha exigencia.

En su análisis, el Tribunal Constitucional descartó que obligar a la presencia de mecanismos de soporte vital constituya una discriminación arbitraria entre personas que padecen patologías de extrema gravedad. La magistratura enfatizó que el ordenamiento jurídico no consagra un derecho general a terminar con la vida ante cualquier cuadro de sufrimiento físico o psicológico de carácter irreversible.

Asimismo, el fallo precisó que la despenalización responde únicamente al supuesto donde los pacientes, en pleno uso de sus facultades, ya ostentan el derecho legal de rechazar tratamientos indispensables para su supervivencia. Por este motivo, la corte fundamentó que esa misma lógica no aplica a quienes no dependen de asistencia médica continua para mantenerse con vida.

Finalmente, la magistratura subrayó la importancia de ponderar la autonomía de la voluntad con la protección estatal del derecho a la vida. Esta tutela busca prevenir eventuales abusos de terceros o presiones sociales sobre enfermos y adultos mayores, dejando en manos del Poder Legislativo la facultad de efectuar reformas normativas en la materia.

Vea sentencia Corte Constitucional de Italia.

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