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Propiedad horizontal

Justicia colombiana ordena autorizar mallas de seguridad para mascotas en balcones de departamentos

La Corte Constitucional de Colombia acogió una acción de tutela y protegió los derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad y a la intimidad familiar, vinculados al deber de protección animal, en favor de un propietario residencial que fue sancionado por la administración tras…

Por Redacción·21 de agosto de 2026·2 min de lectura
Justicia colombiana ordena autorizar mallas de seguridad para mascotas en balcones de departamentos
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La Corte Constitucional de Colombia acogió una acción de tutela y protegió los derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad y a la intimidad familiar, vinculados al deber de protección animal, en favor de un propietario residencial que fue sancionado por la administración tras colocar una malla protectora en su balcón para resguardar la vida de sus dos gatos.

La Corte consideró que la salvaguarda de los animales como seres sintientes no se limita a prohibir el maltrato o el sufrimiento injustificado. El tribunal determinó que esta garantía abarca la provisión de condiciones materiales de bienestar, seguridad y el desenvolvimiento de sus conductas naturales, reconociendo que los animales de compañía forman parte de la vida doméstica y dependen plenamente del cuidado humano.

Al abordar la controversia bajo el enfoque de justicia espacial interespecies, la Corte advirtió que las áreas urbanas, domésticas y semiprivadas constituyen zonas de coexistencia. Por este motivo, los reglamentos de copropiedad no pueden excluir de manera absoluta la incorporación de elementos livianos, desmontables y de bajo impacto que eviten caídas desde pisos altos y permitan el uso seguro del balcón.

El pronunciamiento precisó que los animales deben ser amparados dentro del derecho a la ciudad, superando una visión exclusivamente antropocéntrica del entorno habitacional. En consecuencia, se estableció el deber de los particulares y de las administraciones residenciales de facilitar el acceso y disfrute razonable de los espacios comunes y de uso exclusivo, garantizando estándares como el contacto con la luz solar y la prevención de riesgos vitales.

Asimismo, la resolución integró el concepto de familias multiespecie para sostener que la planificación urbana y el régimen de propiedad horizontal deben adaptarse a las necesidades etológicas y de comportamiento de las distintas especies que conviven en las ciudades, permitiendo que habiten los inmuebles en un entorno seguro y adecuado a su naturaleza.

Finalmente, el tribunal ordenó a la administración del conjunto residencial autorizar la permanencia de la red de seguridad instalada en el balcón del afectado. A la vez, exhortó al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio a dictar lineamientos técnicos que regulen las copropiedades como espacios compartidos, considerando las exigencias de bienestar animal en el diseño y uso de las áreas comunitarias.

Vea sentencia Corte Constitucional de Colombia T-228-26.

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