13 años de cárcel
Justicia alemana condena a prisión a profesor de karate por más de 100 agresiones sexuales contra alumnos menores de edad
El Tribunal Federal de Justicia de Alemania desestimó el recurso de apelación presentado por un preparador físico contra la sentencia que lo declaró culpable por 103 hechos de agresión sexual calificada de menores en concurso con abusos contra personas bajo su tutela, sumado a otros 38 ilícitos…

El Tribunal Federal de Justicia de Alemania desestimó el recurso de apelación presentado por un preparador físico contra la sentencia que lo declaró culpable por 103 hechos de agresión sexual calificada de menores en concurso con abusos contra personas bajo su tutela, sumado a otros 38 ilícitos de abuso sexual infantil, tres de ellos también agravados por la misma relación de dependencia.
A través de esta sentencia, la magistratura anuló una pena global previa y unificó las sanciones individuales procedentes de un fallo condenatorio dictado en 2024 por la misma sede de instancia. En definitiva, se estableció una pena de cárcel de 13 años y se ordenó el ingreso del condenado en régimen de internación preventiva de seguridad.
De acuerdo con los hechos acreditados, el sujeto ejercía labores a tiempo completo en una agrupación de karate, encargándose de la instrucción y cuidado de niños y adolescentes. En dicho marco y tras haber confesado su participación, cometió 35 agresiones de índole sexual entre 1998 y 1999 en contra de una alumna menor de edad, además de otros 106 actos de la misma naturaleza entre 2004 y 2010 contra un estudiante.
La instancia penal estableció que respecto del segundo afectado los actos correspondían igualmente a la figura agravada de abuso a personas bajo tutela o custodia formativa. Esto atendido que el preparador había asumido directamente con los progenitores el compromiso de trasladar al menor tras los entrenamientos, además de viajar con él sin sus padres a campamentos y certámenes competitivos, contextos que aprovechó para consumar los ataques.
Al revisar la causa, concluyó que el pronunciamiento de instancia no contiene defectos sustantivos y que los hechos fueron encuadrados de manera correcta bajo la normativa penal vigente. El tribunal determinó que existió un vínculo efectivo y permanente de supervisión formativa y resguardo que situaba al alumno en una posición de subordinación y dependencia respecto del instructor.
Con la desestimación unánime del recurso promovido por el imputado, la Corte dio por concluido el procedimiento judicial y ratificó en todas sus partes el dictamen sancionatorio, disponiendo que el fallo condenatorio adquiera carácter firme y jurídicamente vinculante.
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