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Diario Constitucional

Consejo para la Transparencia.

Ejército de Chile deberá informar las medidas adoptadas para el respeto irrestricto de los DDHH.

En conformidad al artículo 8 inciso 2º de la Constitución, la información solicitada queda comprendida dentro del ámbito de aplicación de la Ley de Transparencia.

Por Catalina Sepúlveda·03 de noviembre de 2021·1 min de lectura
Imagen: Noticiasimportantes.cl
Referencial

En conformidad al artículo 8 inciso 2º de la Constitución, la información solicitada queda comprendida dentro del ámbito de aplicación de la Ley de Transparencia . . .

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