Con todo acuerda manifestar preocupación.
CPLT rechaza amparo de acceso a información relativa a fondos generados por ley reservada del Cobre por afectar la seguridad nacional.
“la Ley reservada del Cobre declara secreta la información solicitada y que este Consejo estima plausible que su divulgación afectaría la seguridad nacional, en tanto se trata de recursos destinados a la adquisición de material bélico y equipamiento militar, conforme ponderó el legislador”.

La información solicitada fue negada al tenor de lo establecido en el artículo 2° de esa legislación especial, que prescribe: “Las entregas de fondo que deban realizarse en cumplimiento a lo establecido en el presente decreto ley, se harán en forma reservada; se mantendrán en cuentas secretas, se contabilizarán en forma reservada y su inversión, ya sea en compras de contado o en operaciones de crédito, pago de cuotas a contado o servicio de los créditos, se dispondrá mediante decretos supremos reservados exentos de toma de razón y refrendación”.
Como medidas para mejor resolver, el CPLT le solicitó al Ministro de Defensa el texto de la Ley N°13.196 “Reservada del Cobre”, diligencia a la cual dicho Ministerio se negó, por cuanto podría afectar la seguridad de la Nación. Otra de las medidas decretas llevó a los consejeros al Ministerio de Defensa para conocer el contenido de dicha ley.
En su decisión, el CPLT desestimó el amparo de acceso a la información, luego de verificar que “la Ley reservada del Cobre declara secreta la información solicitada y que este Consejo estima plausible que su divulgación afectaría la seguridad nacional, en tanto se trata de recursos destinados a la adquisición de material bélico y equipamiento militar, conforme ponderó el legislador”.
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