Acceso a la información pública.
CPLT ordena a la USACH entregar información de un sumario administrativo concluido. Informe del estado de tramitación de un acto administrativo puede solicitarse al amparo de la Ley N°19.880 o por la Ley de Transparencia, a opción del interesado.
El plantel educacional sostuvo que atendió las peticiones del requirente, pues le informó que dicho sumario administrativo se encontraba terminado por sobreseimiento y que el expediente sumarial se encuentra materialmente en la oficina de partes a disposición de quien desee consultarlo.

Se dedujo amparo de acceso a la información en contra de la USACH, organismo al que se solicitó copia de un sumario administrativo e informe del estado de tramitación de una solicitud de investigación realizada al Rector y a un profesor de dicha Casa de Estudios, ante un presunto hecho irregular surgido en el programa de Doctorado.
El plantel educacional sostuvo que atendió las peticiones del requirente, pues le informó que dicho sumario administrativo se encontraba terminado por sobreseimiento y que el expediente sumarial se encuentra materialmente en la oficina de partes a disposición de quien desee consultarlo.
El CPLT acogió el amparo de acceso a la información, razonando que al dictarse el “acto administrativo terminal”, esto es, el decreto que aprueba el sumario administrativo y que sobresee de responsabilidad administrativa a los funcionarios involucrados, la información allí contenida adquiere carácter público.
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