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Diario Constitucional

Acceso a la información pública.

CPLT ordena a Instituto de Previsión Social entregar antecedentes fundantes de la resolución por la cual negó una pensión de jubilación.

Se dedujo amparo de acceso a la información en contra el Instituto de Previsión Social (IPS), organismo al que se le solicitó la entrega de todos los antecedentes en virtud de los cuales negó la pensión de jubilación del peticionario y de aquellos en que sustentó su decisión de rechazar la reconsideración. La institución no…

Por diarioconstitucional·22 de marzo de 2011·1 min de lectura
CPLT ordena a Instituto de Previsión Social entregar antecedentes fundantes de la resolución por la cual negó una pensión de jubilación.
Referencial

Se dedujo amparo de acceso a la información en contra el Instituto de Previsión Social (IPS), organismo al que se le solicitó la entrega de todos los antecedentes en virtud de los cuales negó la pensión de jubilación del peticionario y de aquellos en que sustentó su decisión de rechazar la reconsideración.

La institución no dio respuesta al requirente.

El CPLT acogió parcialmente el amparo de acceso a la información, para lo cual tuvo presente que los antecedentes solicitados corresponden “a información que debe obrar en poder de la reclamada”, puesto que constituyeron el fundamento y sustento directo de la decisión de rechazarle el beneficio de jubilación. Razona, además, que “el mismo IPS ha reconocido el carácter público de la información”, de momento que proporcionó algunos antecedentes con anterioridad a la presentación del amparo.

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