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Diario Constitucional

Ausencia de infracción.

CPLT declaró inadmisible reclamo por infracción a normas de transparencia activa contra Ministerio del Medio Ambiente.

Se concluye manifestando que, en la especie, no existe una infracción a los artículos 7° de la Ley de Transparencia y 51 de su Reglamento.

Por diarioconstitucional·09 de diciembre de 2016·1 min de lectura
CPLT declaró inadmisible reclamo por infracción a normas de transparencia activa contra Ministerio del Medio Ambiente.
Referencial

Se concluye manifestando que, en la especie, no existe una infracción a los artículos 7° de la Ley de Transparencia y 51 de su Reglamento . . .

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