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Diario Constitucional

Ordenamiento no lo prohíbe.

CPLT aprueba desistimiento de amparo de acceso a la información en contra del Servicio de Impuestos Internos.

la señalada conducta implica un desistimiento tácito del procedimiento iniciado, lo que no está prohibido por el ordenamiento jurídico.

Por diarioconstitucional·10 de septiembre de 2013·1 min de lectura
CPLT aprueba desistimiento de amparo de acceso a la información en contra del Servicio de Impuestos Internos.
Referencial

la señalada conducta implica un desistimiento tácito del procedimiento iniciado, lo que no está prohibido por el ordenamiento jurídico . . .

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