No derivó solicitud.
CPLT acogió parcialmente amparo de acceso a la información contra JUNAEB.
El CPLT concluye manifestando que la JUNAEB debió derechamente derivar la solicitud de acceso a la información al Instituto de Previsión Social.

El CPLT concluye manifestando que la JUNAEB debió derechamente derivar la solicitud de acceso a la información al Instituto de Previsión Social . . .
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