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Diario Constitucional

Notas explicativas.

CPLT acogió amparo de acceso a la información contra Superintendencia de Pensiones referido a datos de AFPs disueltas.

No se fundamentaron requisitos del artículo 8°, inciso 2°, de la Constitución Política.

Por diarioconstitucional·05 de julio de 2017·1 min de lectura
CPLT acogió amparo de acceso a la información contra Superintendencia de Pensiones referido a datos de AFPs disueltas.
Referencial

No se fundamentaron requisitos del artículo 8°, inciso 2°, de la Constitución Política . . .

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