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Diario Constitucional

Municipalidades deben derivar al órgano competente la solicitud.

CPLT acogió amparo de acceso a la información contra Municipalidad de San José de Maipo.

"la Municipalidad requerida tenía la obligación de derivar a la Corporación Municipal de Educación y Salud de San José de Maipo, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Transparencia, por ser el órgano competente para conocer de la solicitud."

Por diarioconstitucional·25 de marzo de 2013·1 min de lectura
CPLT acogió amparo de acceso a la información contra Municipalidad de San José de Maipo.
Referencial

"la Municipalidad requerida tenía la obligación de derivar a la Corporación Municipal de Educación y Salud de San José de Maipo, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Transparencia, por ser el órgano competente para conocer de la solicitud . . .

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