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Diario Constitucional

Solicitante no ha manifestado su disconformidad con la respuesta.

CPLT acoge amparo deducido en contra de la Municipalidad de Concepción pero tiene por cumplida la obligación en forma extemporánea.

“por lo que cabe concluir que el reclamante recibió la información solicitada a la Municipalidad de Concepción y que se encuentra conforme con la misma”.

Por diarioconstitucional·12 de septiembre de 2012·1 min de lectura
CPLT acoge amparo deducido en contra de la Municipalidad de Concepción pero tiene por cumplida la obligación en forma extemporánea.
Referencial

“por lo que cabe concluir que el reclamante recibió la información solicitada a la Municipalidad de Concepción y que se encuentra conforme con la misma . . .

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