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Diario Constitucional

Por no existir manifestación de disconformidad.

CPLT acoge amparo deducido en contra de Carabineros de Chile pero tiene por cumplida la obligación en forma extemporánea.

Se dedujo amparo de acceso a la información, fundando en falta de respuesta a una presentación a Carabineros de Chile, a través de la oficina de partes de la Central de Registro y Despacho de Correspondencia (CREDECAR) de dicha institución, en la que se solicitó información relacionada con el Cabo 2° don Walter Ramírez Inostroza,…

Por diarioconstitucional·14 de enero de 2013·1 min de lectura
CPLT acoge amparo deducido en contra de Carabineros de Chile pero tiene por cumplida la obligación en forma extemporánea.
Referencial

Se dedujo amparo de acceso a la información, fundando en falta de respuesta a una presentación a Carabineros de Chile, a través de la oficina de partes de la Central de Registro y Despacho de Correspondencia (CREDECAR) de dicha institución, en la que se solicitó información relacionada con el Cabo 2° don Walter Ramírez Inostroza, entre otras, copia de la resolución, acta u otro documento que indique y acredite la fecha en que Carabineros fue notificado de la sentencia firme dictada por . . .

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