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Diario Constitucional

Por unanimidad.

Corte de Santiago desestimó reclamo de ilegalidad interpuesto en contra de una decisión del CPLT que le ordena a la Universidad de Chile entregar información pública.

"La Universidad de Chile no puede dejar de considerarse un servicio público, ya que comparte sus características de estar encargados de satisfacer necesidades colectivas de manera regular y continua, aunque esta función la cumpla descentralizadamente, pues es indiferente que se ejecute por un órgano centralizado o descentralizado”.

Por diarioconstitucional·16 de diciembre de 2010·3 min de lectura
Corte de Santiago desestimó reclamo de ilegalidad interpuesto en contra de una decisión del CPLT que le ordena a la Universidad de Chile entregar información pública.
Referencial

Un estudiante de derecho solicitó copia íntegra y fiel de las Actas de la Comisión Ad Hoc del Claustro de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile; de la nómina del personal que desempeña allí sus funciones, incluyendo la remuneración, beneficios, cargo, grado y fecha de inicio de sus funciones, la que fue negada, amparándose el plantel en la reserva de la información y en la autonomía universitaria.

El CPLT ordenó entregar la información, decisión en contra de la cual la Universidad dedujo el reclamo de ilegalidad que otorga la Ley de Transparencia.

En su fallo la Corte razona que «la Universidad de Chile no puede dejar de considerarse un servicio público, ya que comparte sus características de estar encargados de satisfacer necesidades colectivas de manera regular y continua, aunque esta función la cumpla descentralizadamente, pues es indiferente que se ejecute por un órgano centralizado o descentralizado”.

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