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Diario Constitucional

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Armada de Chile debe entregar información sobre cierre de puertos a causa de marejadas del modo solicitado por el requirente.

El artículo 17 de la Ley de Transparencia establece que la información solicitada se entregará en la forma y por el medio requerido, siempre que ello no importe un costo excesivo o un gasto no previsto en el presupuesto institucional.

Por Carolina Paz Angulo Santana, Elke von Loebenstein·13 de junio de 2023·1 min de lectura
Armada de Chile debe entregar información sobre cierre de puertos a causa de marejadas del modo solicitado por el requirente.
Referencial

El artículo 17 de la Ley de Transparencia establece que la información solicitada se entregará en la forma y por el medio requerido, siempre que ello no importe un costo excesivo o un gasto no previsto en el presupuesto institucional . . .

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