Artículo 206 del Código del Trabajo.
Trabajadoras de la salud privada que desempeñan jornadas especiales pueden extender a una hora y media el tiempo destinado a la alimentación de los hijos menores de dos años, dictamina la Dirección del Trabajo.
Dar alimentos a los hijos menores permite una adecuada alimentación, desarrollo y crecimiento, como una temprana y mejor constitución psicológica y emocional del menor.

Dar alimentos a los hijos menores permite una adecuada alimentación, desarrollo y crecimiento, como una temprana y mejor constitución psicológica y emocional del menor . . .
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