Infracción al deber de diligencia de la empresa.
Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió una demanda por accidente laboral de una asistente dental de una clínica odontológica mientras realizaba labores de promoción en un colegio.
La sola circunstancia que la labor de la trabajadora se realice en un recinto fuera del lugar de la empresa no es óbice para eximir de responsabilidad del empleador

La sola circunstancia que la labor de la trabajadora se realice en un recinto fuera del lugar de la empresa no es óbice para eximir de responsabilidad del empleador . . .
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