12°C ·Santiago·04 de septiembre de 2026
Diario Constitucional

Decisión con voto en contra.

JUNJI debe pagar solidariamente las remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen por la aplicación de la nulidad del despido, en su calidad de empresa principal.

La sanción no aplica en relación a órganos del Estado sólo cuando se trata de personas que han sido previamente contratadas a honorarios.

Por Redacción·11 de abril de 2022·1 min de lectura
JUNJI debe pagar solidariamente las remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen por la aplicación de la nulidad del despido, en su calidad de empresa principal.
Referencial

La sanción no aplica en relación a órganos del Estado sólo cuando se trata de personas que han sido previamente contratadas a honorarios . . .

Te puede interesar

Suscribirme a Newsletter