Situaciones de hecho no equivalentes.
CS declara inadmisible unificación de jurisprudencia relativa a la legitimidad pasiva de los Servicios Locales de Educación.
La acción se fundó en el no pago de cotizaciones previsionales por parte de la antecesora del demandado.

La acción se fundó en el no pago de cotizaciones previsionales por parte de la antecesora del demandado . . .
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