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Diario Constitucional

"Corresponde su aplicación, desde que fluye de los hechos establecidos en el fallo de instancia".

CS acogió un recurso de unificación de jurisprudencia y consideró que un empleador debe pagar la sanción por nulidad de despido al no realizar pago previsional de beneficio de semana corrida de una trabajadora de una central de compras.

El máximo Tribunal consideró que los jueces de la Corte de Apelaciones de Santiago yerran al rechazar el pago señalado.

Por Redacción·21 de diciembre de 2020·1 min de lectura
CS acogió un recurso de unificación de jurisprudencia y consideró que un empleador debe pagar la sanción por nulidad de despido al no realizar pago previsional de beneficio de semana corrida de una trabajadora de una central de compras.
Referencial

El máximo Tribunal consideró que los jueces de la Corte de Apelaciones de Santiago yerran al rechazar el pago señalado . . .

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