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Judicial

Responsabilidad civil extracontractual.

Municipalidad de Alto Hospicio incurre en falta de servicio por no reparar ni señalizar vereda que se encontraba con pernos expuestos que provocaron la caída de una mujer.

La administración de los bienes nacionales de uso público corresponde esencialmente a las Municipalidades, por ende, si el ente edilicio no veló por mantener el buen estado de las veredas, se entiende que no actuó, teniendo el deber legal de hacerlo, lo que constituye falta de servicio.

Por Miguel García Herrera·11 de agosto de 2022·1 min de lectura
Imagen: El Reportero de Iquique.
Imagen referencial

La administración de los bienes nacionales de uso público corresponde esencialmente a las Municipalidades, por ende, si el ente edilicio no veló por mantener el buen estado de las veredas, se entiende que no actuó, teniendo el deber legal de hacerlo, lo que constituye falta de servicio . . .

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