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Judicial

Ley de Transparencia.

IND debe rendir cuentas sobre recursos traspasados a la Corporación ADO Chile para Proyecto de Alto Rendimiento.

Se rechazó el reclamo del IND y deberá entregar la rendición de cuentas sobre $107.740.685.- millones entregados a la Corporación ADO Chile.

Por Francisca Atenas·19 de mayo de 2025·2 min de lectura
eldeportero.cl
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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto por el Instituto Nacional de Deportes (IND) de Chile en contra de la decisión adoptada por el Consejo para la Transparencia (CPLT), que ordenó la rendición de cuentas del Proyecto de Actividades de Alto Rendimiento correspondiente a recursos entregados a la Corporación ADO Chile por un monto total de $107.740.685.-.

El IND sostuvo que la información solicitada se encuentra aún en proceso de revisión y fiscalización interna, por lo que su entrega anticipada podría perjudicar el debido cumplimiento de sus funciones administrativas, exponiendo al Instituto a presiones externas y afectando la justicia y racionalidad del procedimiento. Además, argumentó que divulgar esta información antes de concluir el proceso generaría un daño mayor a la ciudadanía, provocando confusión y juicios anticipados erróneos, lo que vulnera el interés público y la correcta supervisión del uso de recursos públicos.

El CPLT sostuvo que la condición de que la información esté en revisión o proceso de validación no justifica su reserva ni denegación, pues la Ley de Transparencia establece una presunción general de publicidad que abarca tanto información oficial como no oficial en poder de la administración pública. Además, que el IND carece de legitimidad para reclamar ilegalidad basándose en la causal de reserva del artículo 21 Nº1, letra b) de la Ley, debido a una prohibición legal expresa. Finalmente, señaló que la información solicitada es de naturaleza pública, corresponde a recursos fiscales y que la excepción de reserva debe interpretarse restrictivamente, por lo que la entrega ordenada no infringe el ordenamiento ni perjudica el correcto cumplimiento de funciones del IND.

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