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Judicial

Invalidación de oficio.

Fallo que prescindió de informe de CONADI en demanda de cese de goce gratuito de un bien raíz indígena incurre en vicio de nulidad formal por omitirse un trámite esencial previsto en la Ley Indígena.

Al tratarse de un bien raíz indígena el proceso debió sustanciarse conforme las normas que prevé la Ley Indígena, que exige la emisión de un informe jurídico, técnico y socio-económico de la CONADI que no se cumplió, por lo que la causa debe retrotraerse al estado en que tribunal no inhabilitado disponga el cumplimiento del trámite obligatorio que ha sido omitido.

Por Francisca Atenas·16 de octubre de 2024·1 min de lectura
legaltop.cl
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Al tratarse de un bien raíz indígena el proceso debió sustanciarse conforme las normas que prevé la Ley Indígena, que exige la emisión de un informe jurídico, técnico y socio-económico de la CONADI que no se cumplió, por lo que la causa debe retrotraerse al estado en que tribunal no inhabilitado disponga el cumplimiento del trámite obligatorio que ha sido omitido . . .

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