Incitación al odio.
Hombre es condenado por publicar imagen caricaturesca que relacionaba al campo de concentración de Auschwitz con el Covid-19 y una conspiración judía.
Confirmó la valoración probatoria y la interpretación legal realizada por el tribunal inferior. En particular, consideró ajustada a derecho la conclusión de que la imagen difundida podía perturbar la paz pública y socavar la confianza en el ordenamiento jurídico, al establecer una equiparación simbólica entre las víctimas del nacionalsocialismo y los ciudadanos sujetos a medidas de protección sanitaria.

El Tribunal Federal de Justicia de Alemania desestimó el recurso de casación que un hombre interpuso contra la sentencia que le declaró culpable del delito de incitación al odio, conforme al artículo 130, apartado 3, del Código Penal alemán, y le impuso una sanción económica de 80 días de multa, a razón de 50 euros por día.
Según los hechos acreditados en primera instancia, el acusado, de 65 años, publicó en 2020 en su perfil de Facebook (visible públicamente), una imagen editada con el título “El chiste del coronavirus”. La ilustración mostraba la puerta de entrada del campo de concentración de Auschwitz con el texto “La vacunación te hace libre”. En los laterales de la puerta figuraban dos figuras uniformadas portando jeringuillas de gran tamaño. Dentro del recinto podían observarse retratos adornados con flores, uno de ellos correspondiente a una persona con rasgos asiáticos y otro del empresario estadounidense Bill Gates.
El tribunal de primera instancia valoró que la imagen constituía una forma de representación que minimizaba los crímenes cometidos por los nazis, en tanto evocaba un campo de concentración, vinculándolo con las medidas sanitarias adoptadas durante la pandemia del Covid-19. A partir de estos elementos, consideró acreditado que la publicación se enmarcaba en el supuesto de trivialización del genocidio, conforme a lo previsto por el Código Penal.
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