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Diario Constitucional

CMF establece un nuevo canal de comunicación para los fiscalizados y criterios para hechos esenciales y reservados, por Diego Peralta, Fernando Noriega y Magdalena Menchaca.

Se modifican diversas normativas vigentes que regulan la inscripción en los registros que lleva la CMF y las autorizaciones de existencia con el objeto de adecuarlas al uso de CMF Supervisa.

Por Redacción·29 de julio de 2024·4 min de lectura
Imagen: El Mostrador
Referencial

Con fecha 25 de julio de 2024 y, luego de un proceso de consulta pública, la Comisión para el Mercado Financiero (“CMF”) publicó la Norma de Carácter General N°515 (la “NCG 515”) que establece un nuevo canal de comunicación entre los fiscalizados y la CMF y la Norma de Carácter General N°516 (la “NCG 516”) que establece criterios comunes para comunicar hechos esenciales y reservados.

Esta normativa busca establecer un único canal de comunicación entre los fiscalizados y la CMF, sin diferenciar por tipo de industria, denominado “CMF Supervisa”.

Las principales materias que aborda la nueva normativa son las siguientes:

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