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Entrevistas

La “mutualización” de la deuda de las Isapres, ¿es compatible con el fallo dictado por la Corte Suprema?

Para ambas académicas la propuesta es compatible con lo dispuesto en el fallo de 2022 por el máximo tribunal, toda vez que la referida sentencia no otorga claridades de cómo se solventará la deuda y le remite al legislador la interpretación de la misma a modo que este último establezca el mecanismo mediante el cual se ejecutará lo dictado. En tanto, las profesoras y abogadas se muestran críticas del rol que asume la Corte Suprema al buscar “dar efectos absolutos” a la sentencia en cuestión, ya que ello significaría que los tribunales de justicia pueden crear derecho, atribución exclusiva y res

Por Fabián Luciano Bravo Gallegos·05 de mayo de 2024·9 min de lectura
La “mutualización” de la deuda de las Isapres, ¿es compatible con el fallo dictado por la Corte Suprema?
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Por Fabián Luciano Bravo Gallegos, Universidad de Chile

Mucho se ha hablado, a propósito de la discusión en torno a la denominada “Ley corta de Isapres”, de la “mutualización” de la deuda de las aseguradoras como un criterio que se incluya en la fórmula para la determinación del monto que estas deberán devolver a los afiliados por los cobros en exceso que, de acuerdo a los fallos de agosto y noviembre de 2022, se cobraron ilegal y arbitrariamente a estos últimos. Sin embargo, el TC el pasado 21 de marzo declaró la inconstitucionalidad de la indicación realizada por la sala del Senado en el marco de la discusión sobre la tramitación de la mencionada ley, atendiendo a que la “mutualización” corresponde a una materia de seguridad social, por lo que se trataría de una iniciativa exclusiva del Presidente de la República.

No obstante ello, en estas últimas semanas el debate acerca de esta medida propuesta por los parlamentarios ha seguido, entrando en cuestión si, independientemente de que la indicación de mutualización eventualmente fuera propuesta por el Ejecutivo, esta sería compatible con los fallos de la Corte Suprema que establecen la obligación por parte de las Isapres de devolver los excedentes.

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