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Diario Constitucional

MALTRATO HABITUAL EN LA FAMILIA

Violencia Intrafamiliar

Todo maltrato que afecte a la vida o la integridad física o psíquica de la víctima establecida en la ley.

Por Redacción·31 de julio de 2026·2 min de lectura
Violencia Intrafamiliar
Referencial

– ¿QUÉ ES?:

La violencia familiar abarca todas las relaciones, incluidos hijos, cónyuges, padres, con consecuencias físicas y psicológicas.

– ¿CUÁLES SON LAS GARANTÍAS?:

La ley crea el delito de maltrato habitual, que es la violencia constante física, psicológica o económica. También aumenta las penas por lesiones, brinda protección a denunciantes, y establece medidas restrictivas para el agresor.

– ¿QUÉ ORGANISMOS JUDICIALES ESTÁN INVOLUCRADOS?:

Los Tribunales de Familia y el Ministerio Público (Fiscalía).

– ¿EXISTE ALGÚN REGISTRO DE LAS PERSONAS QUE HAYAN SIDO CONDENADAS POR VIOLENCIA INTRAFAMILIAR?:

Sí, El Registro Civil e Identificación tiene la obligación de llevar un registro especial de las personas condenadas como autoras de violencia intrafamiliar, así como de las demás resoluciones que la ley ordene transcribir.

– ¿QUÉ ES EL DELITO DE MALTRATO HABITUAL? :

El ejercicio habitual de violencia física, síquica o económica respecto de las personas protegidas por la ley de violencia intrafamiliar. El requisito determinante de este delito es que los actos de violencia intrafamiliar sean habituales.

– ¿DÓNDE DEBO ACUDIR?:

Al Juzgado de Familia, a Carabineros de Chile o a la Policía de Investigaciones, que tienen la obligación de acoger la denuncia y orientar a la víctima en la posterior tramitación legal. En casos calificados, el Sernameg puede asumir el patrocinio y representación de la mujer víctima de delitos de violencia intrafamiliar, siempre que sea mayor de edad y así lo requiera.

– SI QUIERO DENUNCIA UN CASO DE VIF ¿TAMBIÉN DEBO RECURRIR A CARABINEROS E INVESTIGACIONES?:

Sí, ellos remitirán la denuncia al Juzgado de Familia, pero además se puede recurrir directamente a éste. Luego, a través de la interposición de la denuncia o la demanda, se da inicio al juicio por violencia intrafamiliar. Los casos serán vistos por los Tribunales de Familia y si éstos consideran que se configura el delito de maltrato habitual, remitirán los antecedentes al Ministerio Público.

– ¿HAY ALGÚN NÚMERO DE TELÉFONO AL QUE SE PUEDA LLAMAR EN CASO DE VIF?:

Fono familia de Carabineros de Chile: 149.

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