TÍTULOS VALORES FINANCIEROS
Pagaré
Este es un compromiso formal en el cual se indica: a) Quién paga a quién, b) La cantidad de dinero a pagar, y c) Cuándo debe realizarse dicho pago.

Este es un escrito que toma la forma de documento o título financiero en el cual una persona que recibe el nombre de suscriptor se obliga a pagar a otra, llamada beneficiario, de forma directa o a su orden, una cantidad determinada o determinable de dinero en una fecha que se encuentra definida.
Este es un compromiso formal en el cual se indica: a) Quién paga a quién, b) La cantidad de dinero a pagar, y c) Cuándo debe realizarse dicho pago.
Este documento se encuentra regido por el Código de Comercio, el Código de Procedimiento Civil, en relación a los juicios ejecutivos, y el Código Civil, en lo consiguiente a la cesión de créditos personales.
Requisitos que debe tener un pagaré válido:
-Encabezado en el cual se indica la palabra pagaré.
-Lugar y fecha de la emisión.
-Fecha de caducidad.
-Monto de la deuda, el cual debe estar representado en número y letra.
-Identificación de las partes (suscriptor y beneficiario).
-Firma del suscriptor.
Existen distintos tipos de pagaré:
Pagaré a la orden: Es un documento legal que puede ser endosado para transferirse a otra persona que tendrá la capacidad de ejecución y cobro.
**Pagaré no bancario:**Es emitido por una empresa particular no bancaria, y puede incluir la domiciliación bancaria para el cobro.
**Pagaré bancario:**Es un documento emitido por una institución bancaria, tienen formatos independientes, la mayoría es parecido a un cheque.
**Pagaré no a la orden:**Son pagarés que no tienen posibilidad de endoso, sin embargo, se pueden ceder mediante un acto de cesión de crédito.
**Pagaré truncable:**Estos pagarés brindarán mucha seguridad pues tienen un código de barras y se pueden cobrar sin necesidad de entregar el documento físico a través de un soporte informático.
**Pagaré no truncable:**Este documento no tiene ningún sustento informático, por lo tanto, al cobrarse se deberá entregar físicamente al deudor, si este documento se extravía no habrá ningún soporte de deuda.
**Pagaré en blanco:**El emisor autoriza al destinatario rellenar todos los elementos que vimos anteriormente.
**Pagaré a la vista:**El pago se realiza en el momento que se presenta el pagaré.
**Pagaré a día fijo:**Es un documento legal que establece la fecha de vencimiento del mismo, es decir, hay un tiempo límite para pagar.
**Pagaré sin vencimiento:**Este no tiene una fecha firme y se puede pagar según acuerden las partes involucradas.
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