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Diario Constitucional

ÓRGANOS MUNICIPALES LOCALES

Municipalidad

Es una corporación autónoma de Derecho Público que forma parte de la Administración del Estado, por lo cual tiene personalidad jurídica y patrimonio propio.

Por Redacción·31 de julio de 2026·1 min de lectura
Municipalidad
Referencial

La Municipalidad es un órgano de la administración del Estado, el más cercano a la comunidad y el encargado de resolver sus necesidades más urgentes. Conforme al artículo 1 de la Ley N°18.695 la Municipalidad es una corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de las respectivas comunas.

Está conformada por el alcalde, su máxima autoridad y el Concejo, cuerpo encargado de hacer efectiva la participación de la comunidad local y de ejercer las atribuciones fiscalizadoras que señala la ley.

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