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Contraloría General de la República

Dictamen

Contraloría acoge reclamo contra ANID y ordena reevaluar propuesta de la PUC declarada inadmisible en concurso de centros de investigación

El órgano contralor determinó que la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID) actuó improcedentemente al excluir la oferta de la Pontificia Universidad Católica de Chile del concurso “Centros de Investigación y Desarrollo de Excelencia de Interés Nacional 2025”, señalando que debía aplicarse una interpretación que favoreciera la libre concurrencia y la participación de los oferentes.

Por Francisca Atenas·04 de noviembre de 2025·2 min de lectura
ciperchile.cl
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La Contraloría General de la República, mediante el Dictamen N° E181666N25, de 27 de octubre de 2025, acogió el reclamo presentado por la Pontificia Universidad Católica de Chile en contra de la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID), que había declarado inadmisible su propuesta en el concurso “Centros de Investigación y Desarrollo de Excelencia de Interés Nacional, año 2025”.

El conflicto se originó luego de que la universidad solicitara modificar la distribución de roles en el equipo de investigadores, debido al nombramiento de la persona designada como directora alterna en el cargo de Vicerrectora de Asuntos Internacionales, situación que la ANID consideró contraria a las bases del certamen.

Al analizar los antecedentes, el órgano contralor revisó las disposiciones contenidas en la Ley N° 21.105, que regula las funciones de la ANID, y en las bases del concurso aprobadas mediante la Resolución N° 8, de 2024, constatando que éstas resultaban imprecisas respecto de la posibilidad de modificar la composición del equipo de investigadores antes de la adjudicación.

Si bien las bases establecen que el equipo no podrá ser sustituido durante el proceso concursal y hasta un año después de la adjudicación, también contemplan la posibilidad de cambios en casos excepcionales debidamente justificados, sin especificar si ello aplica antes o después de la adjudicación.

En este contexto, la Contraloría aplicó el principio de libre concurrencia reconocido en el artículo 9° de la Ley N° 18.575, el cual busca asegurar la mayor participación posible de oferentes en los procedimientos administrativos, evitando exclusiones infundadas que restrinjan la competencia.

Asimismo, reiteró la jurisprudencia contenida en los dictámenes N° 67.946, de 2016, y N° 7.435, de 2013, que establecen que, ante normas ambiguas, debe preferirse la interpretación que favorezca la admisión de las propuestas, en resguardo del interés público y la seguridad jurídica de los postulantes.

Sobre esa base, la entidad fiscalizadora concluyó que la decisión de la ANID no se ajustó a derecho, ya que la exclusión de la oferta de la Pontificia Universidad Católica de Chile se fundó en una interpretación restrictiva de las bases, sin considerar la finalidad del concurso ni el principio de libre concurrencia. En consecuencia, determinó que “no resultó procedente dejar fuera de bases la oferta de la recurrente” y ordenó a la ANID adoptar las medidas necesarias para permitir el cambio de roles solicitado y evaluar la propuesta conforme a derecho.

La resolución reafirma que los procedimientos de selección deben orientarse a maximizar la participación y competencia, garantizando igualdad de condiciones entre los oferentes y evitando que formalidades no esenciales obstaculicen el cumplimiento de los fines de la Administración.

Vea Dictamen N° E181666N25.

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