9°C · Nublado·Santiago·Sábado, 08 de agosto de 2026

Asuntos de Interés Público

Recurso de unificación de jurisprudencia rechazado.

Prestación de servicios en programa municipal de prevención de adicciones no puede ser calificada como una relación laboral, resuelve Corte Suprema.

El programa era financiado por el gobierno central a través de SENDA que evaluaba su continuidad cada año, y el actor no pudo acreditar la existencia del vínculo de subordinación y dependencia al ser el encargado de implementar el desarrollo del programa y no poseer jefatura directa del municipio demandado.

Por Felipe Godoy·07 de octubre de 2022·1 min de lectura
El tope de 90 UF por años de servicio es válido en un plan de retiro acordado convencionalmente con el empleador, resuelve la Corte Suprema.
Imagen referencial

El programa era financiado por el gobierno central a través de SENDA que evaluaba su continuidad cada año, y el actor no pudo acreditar la existencia del vínculo de subordinación y dependencia al ser el encargado de implementar el desarrollo del programa y no poseer jefatura directa del municipio demandado . . .

🔒 Contenido Premium

Te puede interesar

Newsletter

Lo esencial del derecho, cada mañana

Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.