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Asuntos de Interés Público

Dirección del Trabajo.

Pago de aguinaldos de Fiestas Patrias y Navidad convenidos en el contrato colectivo, no son legalmente exigibles respecto de trabajadores afectos a suspensión temporal del contrato de trabajo.

No obstante, el empleador puede decidir unilateralmente otorgar tales beneficios.

Por Constanza Sepúlveda Riquelme·21 de julio de 2021·1 min de lectura
www.altonivel.com.mx
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No obstante, el empleador puede decidir unilateralmente otorgar tales beneficios . . .

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