Asuntos de Interés Público
Recurso de nulidad rechazado.
Condena impuesta a acusado por conducir vehículo en estado de ebriedad causando muerte y lesiones graves, se confirma por la Corte Suprema.
El Ministerio Público intentó anular el fallo y solicitar un mayor castigo, debido a que en su opinión los hechos acusados son constitutivos de un concurso ideal de delitos, y no de un concurso aparente de normas penales. No obstante, el máximo Tribunal estimó que en aplicación del principio “non bis in ídem”, debía preferirse la sanción establecida en el artículo 196 Nº2 de la Ley Nº18.290, que subsume todos los resultados en un solo tipo penal.

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle, que condenó al imputado a la pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo, junto con la inhabilitación perpetua de su licencia de conducir, como autor del delito consumado de manejo de vehículo motorizado en estado de ebriedad con resultado de muerte y lesiones graves.
El día 26 de diciembre de 2021, a las 06:53 horas, el acusado conducía no atento a las condiciones del tránsito y en estado de ebriedad, por una ruta de la comuna de Ovalle, junto a cuatro acompañantes. Debido a su embriaguez perdió el control del vehículo, volcándolo e impactándolo contra un muro. Debido al impacto, dos de sus acompañantes fallecieron y las restantes sufrieron lesiones graves.
En contra de la sentencia condenatoria, el Ministerio Público dedujo recurso de nulidad, invocando la causal establecida en la letra b) del artículo 373 del Código Procesal Penal.
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