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Asuntos de Interés Público

Recurso de casación en el fondo rechazado.

Acción de cobro de deudas previsionales prescribe en el plazo de 5 años, resuelve la Corte Suprema.

La AFP intentó el cobro de montos previsionales impagos respecto de una trabajadora por el período 2006 a 2008, en circunstancias que la afectada dejó de prestar servicios para la demandada en 2012, siete años antes de deducir la demanda, plazo que excede con creces el término de cinco años establecido en el artículo 31 bis de la Ley Nº17.322.

Por Felipe Godoy·19 de julio de 2023·1 min de lectura
Cotizaciones previsionales deben ser pagadas con los respectivos intereses, si la relación entre las partes ha sido declarada como laboral.
Imagen referencial

La AFP intentó el cobro de montos previsionales impagos respecto de una trabajadora por el período 2006 a 2008, en circunstancias que la afectada dejó de prestar servicios para la demandada en 2012, siete años antes de deducir la demanda, plazo que excede con creces el término de cinco años establecido en el artículo 31 bis de la Ley Nº17.322 . . .

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