Amparo Constitucional
Recurso de amparo rechazado por Corte de Rancagua.
Médico general no tiene las competencias para diagnosticar una enfermedad de carácter mental que permita suspender el procedimiento conforme al artículo 458 del Código Procesal Penal.
Juez recurrido actuó dentro de la esfera de sus atribuciones y bajo el amparo legal, al desestimar la solicitud de la defensa.

Juez recurrido actuó dentro de la esfera de sus atribuciones y bajo el amparo legal, al desestimar la solicitud de la defensa . . .
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